Para comprar una propiedad en España es importante saber cuáles son los pasos correctos y legales que deben seguirse. Aquí os resumimos cómo es el proceso de compra de una propiedad de lujo en España en solo 8 PASOS.

1-ENCONTRAR: En Christie´s sabremos encontrar su propiedad de lujo ideal.

2-NEGOCIAR: Si es posible, haremos una nueva oferta sobre el precio de venta.

3-RESERVAR: Nuestros expertos legales, le ayudarán a firmar las arras.

4-VERIFICAR: El vendedor deberá aportar Nota Simple e impagos pendientes.

5-COMPROBAR: El comprador deberá demostrar su solvencia financiera.

6-FIRMAR CONTRATO PRIVADO: Se llegará a un primer acuerdo por escrito.

7-FIRMAR LA ESCRITURA: Se ejecutará ante notario la compraventa.

8-INSCRIBIR: Se inscribirá al nuevo/s dueño/s en el Registro de la Propiedad.

Veamos estos 8 pasos con más detenimiento:

1)ENCONTRAR LA PROPIEDAD DE LUJO ADECUADA

En Christie´s llevamos más de 250 año seleccionando y ofreciendo, de manera experta, los productos de arte y lujo más exquisitos del planeta. Desde Christie´s International Real Estate realizamos la misma labor, solo que nos centramos en el mercado inmobiliario de alta gama. Para ello contamos con 900 oficinas establecidas en 50 países distintos.

Costa del Sol-Christie´s International Real Estate es la oficina encargada del portafolio de propiedades de lujo más distinguidas de Marbella y alrededores.

En este paso, estaremos encantados en ayudarles a encontrar su propiedad de lujo ideal. Para ello contamos con un equipo multicultural experto.

2) NEGOCIAR SOBRE EL PRECIO

En multitud de ocasiones, el futuro comprador lanza una oferta a la baja sobre el precio estipulado. Esta negociación no siempre funciona. Pero, si alguna propiedad lleva ya demasiado tiempo en el mercado o necesita ser vendida con más urgencia, o se dan otras circunstancias, la nueva propuesta de precio puede ser aceptado.

Es la agencia quien conoce bien el mercado. Sabremos aconsejar en qué casos esto es conveniente y en cuáles no tiene sentido. En promociones inmobiliarias de nueva creación, por ejemplo, los promotores no admiten este tipo de rebajas.

3)RESERVAR LA PROPIEDAD PARA ANCLARLA

Una vez elegida la propiedad adecuada a sus intereses, el proceso de compra comienza realizando un acuerdo de reserva o uno de Arras. Ambos acuerdos retiran la propiedad del mercado y congelan el precio de compra. Son contratos muy parecidos. Varían en las consecuencias que tienen si se incumplen sus cláusulas, pero básicamente, vinculan a las partes en el compromiso de que se ejecute la compraventa.

La cantidad de reserva puede variar entre el 1% y el 5% del valor de la propiedad. La vía de pago más segura es a través de transferencia bancaria o de tarjeta de crédito, de manera que quede constancia de la operación. Estas dos formas de pago, además, son prácticamente instantáneas.

Lo ideal es que se deposite la reserva en una cuenta bancaria de garantía en un despacho de abogados. La fecha de reserva ofrece 14 días para firmar la compraventa.

4) VERIFICAR QUE NO EXISTEN DEUDAS PENDIENTES

En estas dos semanas, el servicio legal de Costa del Sol-Christie´s International Real Estate (o el contratado por el cliente) tendrá tiempo de investigar en qué situación se encuentra el inmueble. La propiedad tiene que saldar cualquier deuda pendiente.

Se le solicitará al vendedor que entregue una Nota Simple del Registro de la Propiedad. En este documento se verificará quien es el propietario legal y si existen cargas en la vivienda. También el vendedor tendrá que aportar documentación para demostrar que está al corriente de pago de impuestos y contribuciones varias (IBI, tasas de basura, cuotas de la comunidad, agua, gas, electricidad, etc.). Por supuesto, se pueden comprar inmuebles que tengan gravámenes pendientes, siempre y cuando se conozcan y acepten los mismos.

5) COMPROBAR LA SOLVENCIA DEL COMPRADOR

Las propiedades del portafolio de Costa del Sol Christie´s-Internacional Real Estate están dirigidas a clientes de alto poder adquisitivo. Corroborar la capacidad financiera de los compradores supone un protocolo obligatorio que garantiza el proceso de compra.

El comprador habrá de aportar un certificado que haya sido expedido por una entidad bancaria-financiera acreditada. En este informe se hará constar la buena relación comercial mantenida con el cliente, así como su capacidad real para atender los compromisos que se van a adquirir de cara a la compraventa de la vivienda. De esta manera, se salvaguarda la privacidad económica del cliente, pero es avalado por su entidad de confianza. Si la compra es a través de una hipoteca, deberá aportarse también la preaprobación de esta.

6) FIRMAR UN PRIMER CONTRATO PRIVADO

Si todo es correcto hasta aquí, en ese periodo de 14 días debe ser firmado un contrato privado de compraventa entre las partes: vendedor y comprador, o sus representantes legales (debidamente autorizados).

En la redacción del documento se fijará ya el precio final, se describirá el inmueble detalladamente, se incluirán los datos personales de todos los implicados y se establecerá la fecha de la futura firma de la escritura pública de compraventa ante el notario.

Este contrato privado debe ser firmado por ambas partes: comprador y vendedor. En el momento de la firma, el comprador debe entregar una cantidad del 10% del valor total de la propiedad en forma de señal.

De incumplir el acuerdo, el vendedor indemnizará por el doble de esa señal al comprador. Si el que incumple es el comprador, la señal no será devuelta al comprador.

7) FIRMAR LA ESCRITURA ANTE NOTARIO

Esto supone el final de la relación directa entre comprador y vendedor. Es el cierre de la operación de compraventa, para que una vivienda pase de un dueño a otro. Sin embargo, la propiedad comprada en España requiere de otros elementos legales posteriores a la firma para que sea realmente efectiva y legal esa compra.

Para que el notario de fe de la compraventa se requerirán numerosos documentos. Desde los DNI de todos los implicados, al título de la propiedad; desde el resguardo de pago del anticipo, al documento que acredita la concesión expresa de la hipoteca. Para saber con exactitud todos los documentos pueden consultar aquí.

En este paso se debe ser muy exhaustivo. Si algún documento tiene un error o falta el día de la firma, el notario no dará la operación por zanjada. Todo notario en España seguirá una conducta totalmente inmaculada en su intervención. Es mejor asegurarse antes de ir al despacho del notario de que todo es perfecto.

8) INSCRIBIR EN EL REGISTRO

Una vez oficializadas las firmas ante el notario, las dos partes, comprador y vendedor, recibirán copias oficiales de los documentos. El nuevo comprador (o un representante legal debidamente autorizado) deberá presentarlos ante el Registro de la Propiedad. Si no se hace esta inscripción no se tiene realmente el dominio del inmueble. Esto garantiza jurídicamente la titularidad de la propiedad. Las tarifas de las inscripciones registrales van en función del valor del inmbuele pero hay un tope de aproximadamente 2000 euros.

Esperamos que estos ocho pasos para comprar una propiedad de lujo en España hayan sido de utilidad. Para refrescar los conceptos también pueden leer nuestro post sobre el proceso de compra.

Para comprar la mejor propiedad, para hacer la mejor inversión, no dude en consultarnos.